Intención

Esta bitácora está dedicada a los alumnos con necesidades educativas especiales, sobre todo a los alumnos con discapacidad motora (parálisis cerebral, espina bífida, distrofia muscular,....); en términos de hoy, a los alumnos con diversidad funcional. También proporciona recursos para la intervención en alumnos discapacitados motóricos (principalmente con parálisis cerebral) y opiniones o noticias sobre temas educativos. Es decir: nos preocupa y nos ocupa la educación inclusiva.

Decía Carl Rogers, padre de la psicología existencial humanista, refiriéndose a la empatía, que ésta es como ponerse los zapatos del otro y hacer un buen trecho del camino. Esta bitácora pretende, también, ponerse esos zapatos.

Por otra parte, tenemos el convencimiento de que:

- La accesibilidad e inclusividad del contexto aumenta o disminuye la diferencia entre capacidad y rendimiento y hace que la persona sea más o menos discapacitada. Diseñemos contextos inclusivos.

- Una persona es más o menos competente dependiendo de cómo esté configurado su escenario vital y sus diferentes contextos. La discapacidad está en los contextos, no en las personas.

- Lo peor de una discapacidad no son los inconvenientes físicos que produce, sino la posible ausencia de bienestar psicológico y estar próximo a la exclusión social o ya inmerso en ella.

- Ningún sistema educativo se puede considerar de calidad si no tiene una respuesta para atender a la diversidad.

- El mundo está diseñado por personas sin discapacidad para personas sin discapacidad, por eso podemos afirmar que la discapacidad se construye socialmente. No contribuyamos a esto y hagamos una sociedad inclusiva.

- La institucionalización de la discapacidad es solo la materialización indeseable del principal objetivo de una sociedad excluyente.

- Para los padres: Los logros de los hijos se construyen sobre las expectativas de los padres.

_________________________________________________Javier Martín Betanzos

IMPORTANTE

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AVISO

Estimados lectores, os habréis percatado de que la mayoría de enlaces del blog no funcionan. Esto se debe al cambio que sites.google llevó a cabo en este sitio, que era donde estaban alojados los archivos (sobre todo *pdf). He recuperado los archivos, pero los enlaces seguirán sin funcionar. Si están interesados en ellos, tendrán que acceder través de estos dos enlaces y buscarlos de forma manual y solicitarme que comparta los archivos Enlace 1 y Enlace 2 Siento los problemas ocasionados. Javier Martín Betanzos

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miércoles, 21 de febrero de 2024

Accesibilidad y derechos humanos

 

Captura de la cubierta del citado documento

Dirigido por el Centro Español de Documentación e Investigación sobre Discapacidad (CEDID) se ha publicado recientemente (noviembre, 2023) Adaptación de la normativa española en materia de accesibilidad universal al sistema de los derechos humanos. El estudio se ha elaborado en el marco de un contrato entre la Fundación Eguía-Careaga y la Universidad Carlos III de Madrid y lo ha realizado un equipo de investigadores/as que han trabajado en el ámbito del Instituto de Derechos Humanos Gregorio Peces-Barba de la Universidad  Carlos III de Madrid.

El estudio contiene dos partes, unas conclusiones y una sección de anexos. La primera parte es una descripción comentada del tratamiento normativo de la accesibilidad en la legislación española. La segunda parte contiene una propuesta de tratamiento de la accesibilidad basada en un enfoque de derechos humanos. Las conclusiones contienen una serie de propuestas, tanto conceptuales como normativas. En el apartado de los anexos se muestran trabajos referidos a aspectos concretos del estudio y que complementan el contenido.

Apartados del resumen ejecutivo:

A.- La accesibilidad en el derecho: un sentido débil de accesibilidad.

1. El eje de la accesibilidad.

2. Algunas dimensiones esenciales de la accesibilidad: cadenas de accesibilidad y diversidad.

3. Los límites de la accesibilidad: posibilidad y proporcionalidad.

4. La construcción jurídica de la accesibilidad.

5. El acceso a la justicia.

6. Consideración final.

B.- Hacla un sentido integral de la accesibilidad en el derecho: accesibilidad y derechos humanos.

1. La accesibilidad en el ámbito del consumo. Un sentido intermedio de la accesibilidad.

2. Accesibilidad en el discurso de los derechos: la accesibilidad en sentido amplio.

C.- Conclusiones.

1. El marco jurídico conceptual de la accesibilidad.

2. La necesidad de reformar la Constitución.

3. Algunos cambios legales necesarios.

Estudio:

Parte primera. La accesibilidad en el derecho: un sentido débil de accesibilidad.

1. El tratamiento normativo de la accesibilidad.

2. El eje de la accesibilidad.

2.1. El diseño universal.

2.2. Los ajustes razonables.

3. Algunos dimensiones esenciales de la accesibilidad.

3.1. El carácter dinámico y complejo de lo accesibilidad: la cadena de accesibilidad.

3.2. Accesibilidad y diversidad.

3.3. Accesibilidad y publicidad.

4. Los límites de la accesibilidad: posibilidad y proporcionalidad.

4.1. Los límites de la posible.

4.2. Los límites de lo proporcional.

5. La construcción jurídica de la accesibilidad.

6. La garantía de la accesibilidad: la obligación de accesibilidad.

6.1. Las condiciones básicas de accesibilidad.

6.2. El morco general de la garantía.

6.3. Mecanismos jurídicos administrativos.

6.4. La garantía en el marco social.

6.5. El sistema de arbitraje.

7. El acceso a la justicia.

7.1. Tutela judicial efectiva y acceso a la justicia.

7.2. El coste de la justicia: la asistencia jurídica gratuita.

8. Consideración final.

Parte segunda. Hacia un sentido integral de la accesibilidad en el derecho: accesibilidad v derechos humanos.

1. La accesibilidad en el ámbito del consumo. Un sentido intermedio de la accesibilidad.

1.1. Accesibilidad y consumo.

1.2. La construcción jurídica de la accesibilidad en su sentido intermedio.

1.3. La garantía de la accesibilidad en el ámbito del consumo.

2. Accesibilidad en el discurso de los derechos: la accesibilidad en sentido amplio.

2.1. Un nuevo tratamiento normativo de La accesibilidad.

2.2. Nuevas dimensiones de la accesibilidad desde su sentido amplio.

2.3. De nuevo sobre los límites de la accesibilidad.

2.4. La construcción jurídico de lo accesibilidad universal en sentido fuerte.

2.5. La garantía de la accesibilidad en sentido fuerte.

Conclusiones

El marco jurídico conceptual de la accesibilidad.

1.1. Los sentidos de la accesibilidad.

1.2. Los dimensiones de la accesibilidad.

1.3. La naturaleza jurídica poliédrica de La accesibilidad.

1.4. Lo protección jurídica de la accesibilidad.

2. La necesidad de reformar la Constitución.

2.1 El artículo 49: los derechos de Las personas con discapacidad y la accesibilidad.

2.2. El artículo 14: igualdad y no discriminación.

2.3. El artículo 81: leyes orgánicas.

2.4. El artículo 153: la sanción a la Administración.

2.5. El artículo 53: los derechos en las relaciones privadas.

3. Algunos cambios legales necesarios.

3.1. El derecho o la accesibilidad.

3.2 Cadena de accesibilidad.

3.3. Los plazos de lo accesibilidad.

3.4. Los límites de La accesibilidad

3.5. Accesibilidad y derechos: especial referencia al derecho a la educación.

3.6. El acceso a la justicia: apoyos, ajustes y asistencia gratuita.

3.7. La asistencia personal.

3.8. El empleo con apoyo.

3.9. La normativa autonómica.

3.10. Lo normativa local.

3.11. El sistema de arbitraje.

3.12. El Ministerio Fiscal.

Anexos

Accesibilidad en la normativa autonómica.

Derechos personales y vida privada y familiar.

El procedimiento administrativo común sancionador.

Sistema de recursos administrativos establecido en la LPAC.

Procedimiento para exigir La responsabilidad patrimonial de la Administración.

Procedimiento sancionador en el orden social.

Tutela judicial especial.

El amparo constitucional.

Comunicaciones Comité Accesibilidad.

Listado de estudios de apoyo.

Enlace al citado documento en *pdf.

martes, 7 de marzo de 2023

Investigación sobre la situación de las mujeres con discapacidad intelectual y del desarrollo en relación con sus derechos sexuales y reproductivos

 

Encontramos el artículo Investigación sobre la situación de las mujeres con discapacidad intelectual y del desarrollo en relación con sus derechos sexuales y reproductivos (Resumen ejecutivo) editado por Plena inclusión España. Está coordinado por Rosa Pérez Gil y el equipo investigador está compuesto por Amparo Moreno Hernández y Helena Pérez de la Merced.

Este es el índice:

Prólogo

Introducción

El equipo investigador

Aproximación metodológica

Recogida de datos cualitativa: entrevistas y grupos de discusión

Recogida de datos cuantitativa: cuestionario

Resultados

Datos sociodemográficos

Conocimiento y ejercicio de los derechos sexuales

Conocimiento y ejercicio de los derechos reproductivos

Percepciones, actitudes y sentimientos hacia sus derechos sexuales y reproductivos

Accesibilidad, apoyos y ajustes en el conocimiento y ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos

Conclusiones y claves de acción

Conclusiones

Claves de acción

Captura de la cubierta del documento citado

El objetivo del documento es mostrar la realidad de estas mujeres con un estudio científico, realizado por dos destacadas investigadoras de la UAM y miembros del IUEM: las profesoras Amparo Moreno y Helena Pérez de la Merced, que han contado con la inestimable colaboración de Plena Inclusión España, organización promotora de esta investigación, que apoya y ayuda al desarrollo de las mujeres con esta discapacidad para integrarse y conseguir una vida más plena.

Se concluye que:

Las mujeres con DID (discapacidad intelectual y del desarrollo) conocen de una forma parcial lo relativo a la accesibilidad, apoyos y ajustes en relación con sus DDSSRR (derechos sexuales y reproductivos) que el resto de áreas.

Se detecta una escasa accesibilidad relacionado con aquello que tiene que ver con los DDSSRR.

Se identifica una falta significativa de apoyos para la crianza.

Como claves de acción se proponen:

Conseguir el objetivo de eliminar/reducir la brecha entre el conocimiento y el ejercicio de los DDSSRR de las mujeres con DID se deberían llevar a cabo una serie de acciones que se especifican en el documento.

Uno de los elementos clave para mejorar tanto el conocimiento como el ejercicio de los derechos citados es el de la accesibilidad, los apoyos y los ajustes.

Las ideas negativas y los estereotipos sobre los derechos que se mencionan son las barreras simbólicas que las mujeres con discapacidad intelectual y del desarrollo deben enfrentar a la hora de ejercer sus DDSSRR.

Enlace a la descarga/lectura del documento citado en *pdf.

lunes, 26 de octubre de 2020

ODS Maps, nueva herramienta urbana para cumplir con los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible)

 

Ilustración con pictogramas sobre los ODS

¿Dónde se encuentran las zonas más sensibles y vulnerables? ¿Un Ayuntamiento es capaz de identificar cuáles son las zonas, barrios o cualquier otra delimitación, con mayor riesgo de pobreza y tomar decisiones para poder cubrir las necesidades de la población más vulnerable de una forma eficaz?

La ONU (Organización de las Naciones Unidas) trata de alinear sus políticas sociales, económicas y medioambientales con los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible), sus metas e indicadores. Ya tratamos los ODS en otro lugar de este blog.

Esri (líder en sistemas de localización geográfica para tomar decisiones empresariales), AIS Group (Aplicaciones de Inteligencia Artificial, S.A. es una empresa de consultoría estratégica, financiera y tecnológica) y el Observatorio de Sostenibilidad (Organización ciudadana con experiencia en el desarrollo de proyectos sobre temas ambientales, económicos y sociales) lanzan ODS Maps, una solución que permite a los ayuntamientos medir su grado de cumplimiento de los ODS y analizar su evolución mediante mapas inteligentes.

Estas organizaciones han lanzado esta herramienta para facilitar la toma de decisiones en los diecisiete ODS:

-      Erradicación de la pobreza.

-      Lucha contra el hambre.

-      Buena salud.

-      Educación de calidad.

-      Igualdad de género.

-      Agua potable y saneamiento.

-      Energías renovables.

-      Trabajo decente y crecimiento económico.

-      Industria, innovación e infraestructura.

-      Reducción de las desigualdades.

-      Ciudades y comunidades sostenibles.

-      Producción y consumo responsables.

-      Acción por el clima.

-      Vida submarina.

-      Vida y ecosistemas terrestres.

-      Paz, justicia e instituciones sólidas.

-      Alianzas para lograr los objetivos.

Según el informe 17x17 (17 objetivos, 17 comunidades), un análisis de la sostenibilidad en España realizado por el Observatorio de la Sostenibilidad y la consultora AIS Group, España presenta una situación desigual.

Conclusiones sobre las comunidades autónomas.

-       Navarra y el País Vasco están muy bien posicionadas en cuanto a sus resultados de pobreza (ODS 1), lucha contra la desigualdad (ODS 10) o educación (ODS 4). Sin embargo, no obtienen resultados comparativos positivos en vida y ecosistemas terrestres (ODS 15) y cada una de ellas ocupa posiciones de cola en lucha contra el Cambio Climático (ODS 13) y gestión energética (ODS 7).

-       Aragón alcanza posiciones altas y medias.

-       Canarias ocupa la penúltima posición.

-       Andalucía solo destaca en cooperación (primera de las 17) y en la gestión de ecosistemas terrestres.

-       Asturias, obtiene valoración general media y es primera en el ODS 2 (lucha contra el hambre y seguridad alimentaria).

-       Castilla y León es fuerte en el ODS 2 y de las mejores en el ODS 7 (energía) y en el ODS 13 (Cambio Climático).

-       Castilla-La Mancha lidera el ODS 13.

-       Extremadura lidera la sostenibilidad de las áreas urbanas.

-       Cantabria destaca en Sanidad y en Educación, en gestión del agua y en empleo.

-       La Rioja buen puesto en temas medioambientales.

-       Madrid, con una economía fuerte no alcanza las posiciones de Cataluña y País Vasco.

Hace falta nivelar  políticas sociales, económicas y medioambientales con los ODS.

No son las regiones más ricas, a excepción de algunas, las que ocupan los mejores puestos en todos los indicadores, de lo que se deduce que tampoco hacen el mismo esfuerzo.

Se deberían utilizar herramientas como esta para atajar las desigualdades, falta de medios y pobreza.

Enlaces:

Discapnet.

Ciudad sostenible.

Objetivos de Desarrollo Sostenible y la promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad (entrada de este blog).

miércoles, 6 de febrero de 2019

Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social en lectura fácil


La Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social está publicada en lectura fácil editada por el Real Patronato sobre Discapacidad y el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. La 2º edición es 2018 y el propósito de recoger aquí esta recensión es darle publicidad.
Captura de imagen y texto del documento
Facilitar la comprensión textual a personas con dificultades lectoras se viene haciendo en países como Suecia o Estados Unidos desde hace más de 40 años, sin embargo en España es bastante reciente. La primera edición del documento que nos ocupa es de hace solo tres años. Es lógico que una parte de los sujetos a quien pretende proteger esta ley, las personas con discapacidad intelectual, tengan acceso a estas disposiciones.
El documento tiene 56 páginas y en él podemos encontrar las características más genuinas de la lectura fácil como lenguaje concreto, continuidad lógica, escasez de lenguaje simbólico, concisión, ilustraciones y textos-bandera.
En su presentación se afirma que:
La Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social agrupa 3 leyes anteriores, que tienen los siguientes títulos:
• La Ley de integración social de las personas con discapacidad.
• La Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
• La Ley de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
La nueva ley sustituye a las 3 leyes anteriores.

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